El juego de la Ley de Partidos Políticos Vs. la reelección

Por Aléxis Jiménez / Diputado PRM

Es bien sabido, por todo lo que implica estar en el poder y tratar a toda costa de permanecer en él, que probablemente algunas personas y sectores deseen lo menos posible la existencia de mecanismos legales de controles a su accionar.

Es palpable la realidad de que en el procesos venidero del 2020 muy posiblemente nos quedaremos sin Ley de Partidos Políticos.

Esta ley no debe ser una imposición de un grupo sobre otro.

Ella debe ser un medio para adecentar el sistema de partidos, fortalecerlo y para fortalecer la democracia interna de esas organizaciones.

Sin embargo, con lo que hemos visto en el Senado y en nuestra Cámara de Diputados, se percibe que el destino final del proyecto de Ley de Partidos no será otra cosa que la “crónica de una muerte anunciada” o la entrada de una nueva reelección, reformando la constitución.

En el Senado impuso democráticamente una imposición donde de 32 senadores, 27 votaron a favor; siete en contra y hubo dos abstenciones en una votación en la que fueron aprobadas las primarias abiertas.

El artículo 216 de la Constitución de la República establece que:

-“Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el apego a la democracia interna y a la transparencia”.

Ahora, esta iniciativa irá a la Cámara de Diputados, la que tiene la siguiente composición:

De 190 diputados, 106 son del PLD; 49 del PRM; 15 del PRD; 11 del PRSC; tres del partido La Estructura; dos PPC-BiIS; uno del MODA y uno independiente.

Para obtener las 2/3 parte de una matrícula de 190 es necesario tener 126 votos.

Donde existe un documento firmado por 33 diputados del PLD oponiéndose rotundamente a las primarias abiertas.

El PRM, cómo organización, ha fijado su posición contraria a las primarias abiertas.

El PRSC está también en contra.

Aunque pueda haber dentro de ese conglomerada algunos que cambien su posición, pero los votos para la pasar la Ley de Partidos hoy no existen en la Cámara de Diputados.

Entonces juzgue usted ¿El grupo preponderante y hegemónico en la actualidad (del PLD) quiere Ley de Partidos?

Creo que no, pero si pasara todo sabríamos cómo sería; o por lo menos lo imaginaríamos.

En una tertulia de intelectuales en materia Constitucional uno de ellos publicó lo siguiente:

-“El constituyente tiene plena facultad para establecer límites temporales al mandato presidencial sin que esto implique violación de derechos fundamentales. Ser presidente no es un derecho, es una función, cuyo ejercicio es limitado por la Constitución.

“Aspirar a ser presidente, sí es un derecho que debe ejercerse bajo los propios límites que establece la Constitución”.

A lo que nosotros respondimos: “además el presidente actual, cuando aspiró conocía de la vigésima cláusula transitoria y juro cumplir y hacer cumplir esta constitución”.

Vigésima cláusula: En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016.2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

 

Juzgue usted.